A continuación dejamos el link de Change.org donde podrás firmar nuestro petitorio para evitar la instalación de un estadio de rugby para 15mil personas en el Parque "Presidente Sarmiento" del barrio de Saavedra:
La nota está dirijida al Jefe de Gobierno Mauricio Macri; el Jefe de Gabinete de Ministros Horacio Rodríguez Larreta (candidato a Jefe de Gobierno), al Subsecretario de Deportes Francisco Irarrazábal, al Ministro de Ambiente Edgardo Cenzón y al Ministro de Desarrollo Económico y superior del subsecretario de deportes Francisco Cabrera, así como a la U.A.R. ya que son los que están arreglando de modo inconsulto con Irarrazábal.
Dejamos también el texto de nuestra petición.
Muchas gracias por su apoyo!!!
Atentos a la novedad que la Unión Argentina de Rugby, en concordancia con el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, a través del EX-PUMA y secretario de deportes Sr. Francisco Irarrazaval, tienen planeada la construcción de un micro-estadio en el Parque Sarmiento de la Ciudad de Buenos Aires (Avenida R. Balbín 4750 - C.A.B.A), los firmantes nos OPONEMOS rotundamente a dicha construcción, instándolos a desistir de realizar cualquier modificación en el Parque con el sólo objeto de concesionar, enrejar o privatizar de algún modo éste o cualquier o sector del mismo, o modificar ediliciamente sobre espacio parquizado.
Les recordamos a ustedes que el Parque Sarmiento es Urbanización Parque (U.P.; son áreas destinadas a espacios verdes y parquización de uso público) del Código de Planeamiento Urbano, cuyo texto dice que: “En estos distritos el Gobierno de la Ciudad podrá autorizar obras de exclusiva utilidad pública que complementen y no alteren el carácter de los mismos.” Entendemos que un estadio de Rugby para 15 mil personas, en la ÚNICA cancha de fútbol y pista de atletismo utilizables que existen dentro del parque, modificaría sustancialmente el carácter del mismo y ocasionaría un enorme impacto ambiental contraponiéndose a la ley 123 y su modificatoria la 452 sobre Estudios de Impacto Ambiental.
Luego de la inundación del 2 de abril de 2013 donde murieron 8 personas en el barrio de Saavedra, el Gobierno de la Ciudad utilizó gran cantidad de espacios del parque Sarmiento para construir los reservorios, llevándole esa obra un año y medio y que al día de hoy se encuentran inaccesibles. Por tal motivo no permitiremos que nos saquen un metro más de espacio verde, ni mucho menos que construyan sobre él, cuando es tan necesario tener tierra que absorba el agua en esta zona.
Además se encuentran concesionados de manera irregular varios sectores a los cuales se prohíbe la entrada a menos que se abone una cuota de socio y al mismo tiempo, se verifica que los sectores de uso público se mantienen descuidados, en franca oposición al mantenimiento que se les da a los espacios privatizados.
En este gran pulmón verde viven más de 30 especies de aves, hay 106 especies de árboles y otras plantas, y miles de personas lo visitan cada semana. Corredores, futbolistas, tenistas, avistadores de aves, paseantes, vecinos, y todos tenemos igual derecho a disfrutar de nuestro parque el cual es necesario cuidar para que no lo tapen con cemento para seguir favoreciendo a amigos y empresas.
La Constitución Nacional Argentina dice en su Art. 41 “Todos los habitantes gozan del derecho a un ambiente sano, equilibrado, apto para el desarrollo humano y para que las actividades productivas satisfagan las necesidades presentes sin comprometer las de las generaciones futuras; y tienen el deber de preservarlo. El daño ambiental generará prioritariamente la obligación de recomponer, según lo establezca la ley (…)”. Asimismo, la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en su Art. 27 inc. 3 dice: “La protección e incremento de los espacios públicos de acceso libre y gratuito (…) y garantiza su uso común” y en su inc. 4: “La preservación e incremento de los espacios verdes, las áreas forestadas y parquizadas, parques naturales y zonas de reserva ecológica, y la preservación de su biodiversidad”
Por ende, instamos a ustedes a honrar la legalidad y abstenerse de realizar nuevas construcciones, concesiones y privatizaciones en el Parque Sarmiento de acuerdo al mandato de las máximas y primordiales leyes que nos rigen a nivel Nacional como de la Ciudad.
NOTA AL MINISTRO DE DESARROLLO ECONÓMICO:
Sr. Ministro de Desarrollo Económico del Gobierno de la Ciudad de Buenos
Aires
Sr. Francisco Adolfo Cabrera.
S / D:
Por medio de la presente nos dirigimos a usted a fin de solicitarle una
reunión en el Parque “Presidente Sarmiento” para darle a conocer la falta de
resultados concretos en el encuentro mantenido con el Subsecretario de
Deportes, Sr. Francisco Irarrazával, el día 23 de julio del corriente año y al mismo tiempo expresarle personalmente los
motivos por los cuales los abajo
firmantes nos oponemos al proyecto de construcción y cesión de un micro-estadio
de rugby en el Parque “Presidente Sarmiento” (sito en Av. R. Balbín 4750 de la
Comuna 12).
Insistimos en que
manifestamos nuestra disconformidad con el proyecto presentado de público
conocimiento a través de los medios masivos de comunicación por el gran impacto
socio – ambiental que ocasionará en la zona.
Corresponde
señalar que el Parque “Presidente
Sarmiento” de acuerdo al Código de
Planeamiento Urbano de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
artículo 5.1.1 forma parte de la categoría "Distrito Urbanización
Parque. UP” integrando esta categoría
las “áreas
destinadas a espacios verdes y parquización de uso público”.
Por
su parte los Espacios Verdes Públicos
son las áreas destinada a uso público parquizado o agreste
cuya característica es el predominio de especies vegetales y suelo absorbente
conforme la definición del artículo 1.2.1.1.
b) del citado código.
Además
el artículo 5.4.10 establece que “el GCBA sólo podrá autorizar obras en los
distritos UP que "sean de exclusiva utilidad pública, debiendo asimismo
complementar y no alterar el carácter de los mismos". Esta excepción no se configuraría en el presente
caso.
Asimismo
consideramos que se debe velar por lo dispuesto en la Constitución Nacional y
la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en materia ambiental.
La
Constitución Nacional de la República Argentina en su artículo 41 establece:
“Todos los habitantes gozan del derecho a un
ambiente sano, equilibrado, apto para el desarrollo humano y para que las
actividades productivas satisfagan las necesidades presentes sin comprometer
las de las generaciones futuras; y tienen el deber de preservarlo. El daño
ambiental generará prioritariamente la obligación de recomponer, según lo
establezca la ley.
Las autoridades
proveerán a la protección de este derecho, a la utilización racional de los
recursos naturales, a la preservación del patrimonio natural y cultural y de la
diversidad biológica, y a la información y educación ambientales. (…)”.
Por
otra parte la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires en el artículo 26 dispone:
“El ambiente es patrimonio común. Toda
persona tiene derecho a gozar de un ambiente sano, así como el deber de
preservarlo y defenderlo en provecho de las generaciones presentes y futuras.”
Toda actividad
que suponga en forma actual o inminente un daño al ambiente debe cesar. El daño
ambiental conlleva prioritariamente la obligación de recomponer.
Además
el artículo 27 señala que: La Ciudad desarrolla en forma indelegable
una política de planeamiento y gestión del ambiente urbano integrada a las
políticas de desarrollo económico, social y cultural, que contemple su
inserción en el área metropolitana. Instrumenta un proceso de ordenamiento
territorial y ambiental participativo y permanente que promueve:
- La preservación y restauración de los procesos ecológicos esenciales y
de los recursos naturales que son de su dominio.
- La preservación y restauración del patrimonio natural, urbanístico,
arquitectónico y de la calidad visual y sonora.
- La protección e incremento de los espacios públicos de acceso libre y
gratuito, en particular la recuperación de las áreas costeras, y garantiza
su uso común.
- La preservación e incremento de los espacios verdes, las áreas
forestadas y parquizadas, parques naturales y zonas de reserva ecológica,
y la preservación de su diversidad biológica.
- La protección de la fauna urbana y el respeto por su vida: controla su
salubridad, evita la crueldad y controla su reproducción con métodos
éticos.
- La regulación de los usos del suelo, la localización de las
actividades y las condiciones de habitabilidad y seguridad de todo espacio
urbano, público y privado.
- La seguridad vial y peatonal, la calidad atmosférica y la eficiencia
energética en el tránsito y el transporte.
Cabe
destacar que en un proyecto de esta envergadura resulta aplicable lo dispuesto en el artículo 30 de la Constitución de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires el cual
establece:
“la
obligatoriedad de la evaluación previa del impacto ambiental de todo
emprendimiento público o privado susceptible de relevante efecto y su discusión
en audiencia pública”.
Y del artículo 30
de la C.C.A.B.A. surgen también la ley 123 de Impacto Ambiental y su
modificatoria la ley 452, ambas aplicables a este proyecto.
A
continuación detallamos los diversos impactos que la imposibilidad de uso de
este predio, actualmente, de uso público y gratuito ocasionará:
En el
aspecto ecológico se verá afectada la fauna y flora del lugar y se
producirá un aumento de la
impermeabilización del suelo, estando éste lindante al arroyo Medrano
contraponiéndose a las obras de reservorios
/ humedales para mitigar las
inundaciones.
Durante la etapa de construcción el lugar se verá
afectado por el constante paso de camiones
y maquinarias. Además la generación de residuos y efluentes
contaminantes, tales como vuelcos accidentales de combustibles y aceites, afectaran el lugar.
Durante el
funcionamiento de este estadio habrá un impacto en cuanto a contaminación
lumínica, ruidos y vibraciones. Por su
parte la falta de infraestructura para
estacionamiento debido a la gran
afluencia de vehículos durante los
partidos que ahí se jueguen (estimada en 3.500), implicara
que se vean afectadas las calles externas de los barrios
de Saavedra y Villa Urquiza, así como el
colapso de los estacionamientos internos del parque y una mayor saturación del
tránsito de las Av. Gral. Paz y Dr. R. Balbín (ex Del Tejar).
Entre las otras disciplinas deportivas que se verán
afectadas se encuentra el atletismo. Dado que se perdería la única pista de
atletismo pública en buen estado de las
3 que tiene la Ciudad de Buenos Aires. La cual cuenta con instalaciones para
realizar salto en largo, lanzamiento de martillo, disco, salto en garrocha,
siendo que tres veces a la semana se dictan clases en la pista. También hay un grupo de chicos con discapacidad
llamado “Despertares” que usa la pista todos los sábados por la mañana y además
se entrena lanzamiento de martillo los martes y jueves; lo cual demuestra
que 5 días a la semana el lugar tiene
actividades permanentes.
En
esta pista se realizan numerosos eventos deportivos tales como: la “Ultramaratón
Internacional 48 horas Buenos Aires” auspiciada por el Gobierno de la Ciudad de
Buenos Aires a través de su Secretaría de Deportes, Avalada por el Organismo
Internacional del Ultramaratón en el mundo (IAU) de la cual hasta el año 2014
ha tenido 6 ediciones, siendo la única competencia de esta característica en
Argentina y Sudamérica, que tuvo como invitados a destacados atletas
argentinos, sudamericanos y europeos (Valmir Nunnes – Brasil – mejor
sudamericano a nivel mundial en 6, 12 y 24 horas, obtuvo su récord mundial en 6
hs en la pista del parque Sarmiento con 83,6 km.). También estuvo el mejor
Ultramaratonista del Mundo el único que tiene todos los récords mundiales y el
señor Yannis Kouro – Grecia – compitió en 2014 en la pista del Parque Sarmiento.
Una anécdota: si sumamos todos los kilómetros
recorridos de todos los competidores en estas 6 ediciones tiene el raro record
de sumar 45.000 kilómetros acumulados en esta pista.
Destacamos la presencia en la pista durante
el año 2013 de Usain Bolt – Jamaica –, justamente para promover el atletismo y
el uso de la pista para el desarrollo de jóvenes atletas. Además la han
utilizado grandes deportistas argentinos de la talla de Alejandra García y
Carlos Gats para entrenar a sus atletas. Y en la actualidad, y con el auge
actual del running, es utilizada a diario por numerosos grupos de
entrenamiento.
En cuanto al aspecto educativo diversas
instituciones públicas y privadas de las Comunas 11, 12, 13, 14 y 15
(comprendiendo los Distritos Escolares 9, 10, 14, 15, 16 y 17 y este año se
suman el Distrito Escolar 2 y el 7 que dan aproximadamente 4.000 – cuatro mil –
alumnos), de partidos cercanos de la provincia y una organización de asistencia
a chicos discapacitados se verán sin un lugar para la práctica deportiva y de
Educación Física.
Además de atletismo, las diez escuelas
cercanas al Parque, llevan adelante un proyecto denominado "Jugate por el movimiento" con la
participación de todos los alumnos de las escuelas y las familias. Cada año
proponen distintas actividades y el núcleo de reunión de las acciones
integradas entre las escuelas, es la cancha de fútbol y la pista de atletismo.
Solo a modo
de ejemplificar aún más el impacto negativo que tendría la construcción del
estadio de rugby en el desarrollo de los proyectos actuales, el año pasado se
realizó en la cancha un encuentro masivo de hockey escolar con la participación
de más de 500 alumnos de 5º y 6º grado.
Como se
podrá ver, la pista del Parque es esencial para el desarrollo de los proyectos,
que no se limitan al desarrollo de actividades deportivas o recreativas, se
trabaja para que los niños y las familias tomen conciencia de la importancia
que tiene la actividad física y los hábitos saludables, para lograr el bienestar.
Para eso necesitamos que los espacios públicos estén disponibles siempre y en
las mejores condiciones, para que todos tengan acceso a desarrollarse en
plenitud en un entorno saludable.
Queremos destacar que desde el año 2004 la
pista de atletismo lleva el nombre de “Miguel Benancio Sánchez”, deportista
desaparecido el 8 de enero de 1978 durante la dictadura militar. Este hecho ha
motivado la intervención de la Asamblea Permanente por los Derechos Humanos
(A.P.D.H.), quien nos ha hecho llegar una nota de apoyo el 31 de julio pasado
(la cual adjuntamos) y también le ha expresado su preocupación al Sr. Subsecretario
de Deportes, Francisco Irarrazával.
Por otra parte el Consejo Consultivo Comunal 12 en uso de las facultades conferidas por la
Ley Orgánica de Comunas de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires Nº 1777 art 35 inc. e), ha debatido el tema. Habiendo consensuado,
en el plenario del 16 de julio
del corriente año, elevar una
nota a la Junta Comunal 12, exigiendo
que la misma denuncie el avance del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires en
las atribuciones exclusivas de la Comuna 12 como es la gestión de los espacios
verdes.
Dado
que el tipo de obra a realizarse no se ajusta a la normativa previamente
citada, no considera la descentralización de la gestión de los espacios verdes
en la Comuna 12, no considera la participación ciudadana en una decisión que
aqueja la calidad de vida de todos los habitantes de la C.A.B.A. (Art. 1° de la
C.C.A.B.A.) y afecta a todos los aspectos arriba detallados, nos hemos visto
obligados a realizar diversas acciones para expresar nuestra preocupación ante
la posibilidad de concreción de este proyecto.
Avalan este
pedido las organizaciones abajo firmantes y nos apoyan más de 17.200 firmas a
través de la plataforma “Change.org”.
ADHIEREN:
ADHIEREN:
-
Agrupación Vecinos por la
Ecología
-
Junta de Estudios Históricos
de Núñez y Saavedra
-
Asociación Amigos del Lago de
Palermo
-
Ultramaratón Internacional 48
horas Buenos Aires
-
Manzana 66 – verde y pública
-
C.E.M.P.A. (Centro para el
Estudio y Manejo de los Predadores de la Argentina)
-
Agrupación SinZoo Argentina
-
Agrupación Animales Comuna 12
-
Movimiento “queremos buenos
aires”
-
Red Interparques y Plazas
-
Migueles Team Running
-
ACCYONA Entrenamientos
Planificados
-
Virginia Gálvez Running Team
-
Laura Gordiola Running Team
-
Puluzak Trial Running Team
-
Correr Ayuda Running Team –
Marcelo Perotti
-
Daniel Simbron – Running Team
-
Neo MTB Running Team Parque
Sarmiento
-
Asociación Atlética “El
Bosque” (afiliada a la F.A.M.)
-
Padres de alumnos de la
Escuela de Atletismo del Parque “Presidente Sarmiento”
-
Vecinos Comuna 12
-
Asamblea de Vecinos Inundados
de Saavedra
NOTA AL DIRECTOR DE DEPORTES:
Sr. Director de
Deportes del Gobierno de la Ciudad
Sr. Francisco
Irarrazával
S / D:
Por medio de la presente nos dirigimos a
usted a fin de informar que los abajo firmantes enterados por diversos
medios de comunicación del proyecto de
construcción y cesión de un micro-estadio de rugby en el Parque “Presidente Sarmiento”
(sito en Av. R. Balbín 4750 de la
Comuna 12), manifestamos nuestra disconformidad con el mismo
por el gran impacto socio – ambiental que ocasionará en la zona. Dicho parque según el Código de
Planeamiento Urbano es “Urbanización Parque” (UP) y para los mismos expresa:
Carácter: Corresponden a zonas destinadas a espacios
verdes o parquizados de uso público.
Delimitación: Según plano de zonificación.
Disposiciones particulares: De estos distritos, el
Gobierno de la ciudad podrá autorizar obras de exclusiva utilidad pública que
complementen y no alteren el carácter de los mismos.
Asimismo las constituciones de la Ciudad y Nacional expresan:
Constitución de la Ciudad de Buenos Aires:
Capítulo Cuarto
– Ambiente:
Art. 26: El ambiente es patrimonio común. Toda
persona tiene derecho a gozar de un ambiente sano, así como el deber de
preservarlo y defenderlo en provecho de las generaciones presentes y futuras.
Toda actividad que suponga en forma actual o inminente
un daño al ambiente debe cesar. El daño ambiental conlleva prioritariamente la
obligación de recomponer.
Art. 27: La Ciudad desarrolla en forma indelegable una
política de planeamiento y gestión del ambiente urbano integrada a las
políticas de desarrollo económico, social y cultural, que contemple su
inserción en el área metropolitana. Instrumenta un proceso de ordenamiento
territorial y ambiental participativo y permanente que promueve:
- La preservación y restauración de los procesos ecológicos
esenciales y de los recursos naturales que son de su dominio.
- La preservación y restauración del patrimonio natural,
urbanístico, arquitectónico y de la calidad visual y sonora.
- La protección e incremento de los espacios públicos de acceso
libre y gratuito, en particular la recuperación de las áreas costeras, y
garantiza su uso común.
- La preservación e incremento de los espacios verdes, las áreas
forestadas y parquizadas, parques naturales y zonas de reserva ecológica,
y la preservación de su diversidad biológica.
- La protección de la fauna urbana y el respeto por su vida:
controla su salubridad, evita la crueldad y controla su reproducción con
métodos éticos.
- La regulación de los usos del suelo, la localización de las
actividades y las condiciones de habitabilidad y seguridad de todo espacio
urbano, público y privado.
- La seguridad vial y peatonal, la calidad atmosférica y la
eficiencia energética en el tránsito y el transporte.
Art. 30: Establece la
obligatoriedad de la evaluación previa del impacto ambiental de todo
emprendimiento público o privado susceptible de relevante efecto y su discusión
en audiencia pública.
Art. 41: Todos los
habitantes gozan del derecho a un ambiente sano, equilibrado, apto para el
desarrollo humano y para que las actividades productivas satisfagan las
necesidades presentes sin comprometer las de las generaciones futuras; y tienen
el deber de preservarlo. El daño ambiental generará prioritariamente la
obligación de recomponer, según lo establezca la ley.
Las
autoridades proveerán a la protección de este derecho, a la utilización
racional de los recursos naturales, a la preservación del patrimonio natural y
cultural y de la diversidad biológica, y a la información y educación
ambientales. (…)
A continuación detallamos los
diversos impactos que la imposibilidad de uso de este predio, actualmente, de
uso público y gratuito ocasionará:
En materia al aspecto ecológico se
verá afectada la fauna y flora del lugar y aumento de la impermeabilización del
suelo, estando éste lindante al arroyo Medrano contraponiéndose a las obras de
reservorios / humedales para mitigar las inundaciones. Durante la etapa
de construcción el constante paso de camiones, maquinaria y generación de
residuos y efluentes contaminantes, tales como vuelcos accidentales de
combustibles y aceites también afectarán al lugar.
Durante el funcionamiento de este estadio habrá un impacto en cuanto
a contaminación lumínica, ruidos, vibraciones, falta de infraestructura para
estacionamiento por la gran afluencia de vehículos durante los partidos que ahí
se jueguen, que afectarán a las calles externas de los barrios de Saavedra y
Villa Urquiza y al colapso de los estacionamientos internos del parque, así
como una mayor saturación del tránsito de la Av. Gral. Paz.
En materia del impacto sobre las
otras disciplinas deportivas que se verán afectadas está la pérdida de la única
pista de atletismo público en buen estado de las 3 que tiene la Ciudad de Buenos Aires que
además cuenta con instalaciones para realizar salto en largo, lanzamiento de
martillo, disco, salto en garrocha y dos veces a la semana se dictan clases en
la pista.
En esta pista se realizan numerosos
eventos deportivos tales como: la “Ultramaratón Internacional 48 horas Buenos
Aires” auspiciada por el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires a través de su Secretaría
de Deportes, Avalada por el Organismo Internacional del Ultramaratón en el
mundo (IAU) de la cual hasta el año 2014 ha tenido 6 ediciones, siendo la única
competencia de esta característica en Argentina y Sudamérica, que tuvo como
invitados a destacados atletas argentinos, sudamericanos y europeos (Valmir
Nunnes – Brasil – mejor sudamericano a nivel mundial en 6, 12 y 24 horas,
obtuvo su récord mundial en 6 hs en la pista del parque Sarmiento con 83,6 km .) estuvo también el
mejor Ultramaratonista del Mundo el único que tiene todos los récords mundiales
y el señor Yannis Kouro – Grecia – compitió en 2014 en la pista del Parque
Sarmiento.
Una anécdota: si sumamos todos los kilómetros recorridos de todos
los competidores en estas 6 ediciones tiene el raro record de sumar 45.000 kilómetros
acumulados en esta pista.
Destacamos la presencia en la pista durante
el año 2013 de Usain Bolt – Jamaica –, justamente para promover el atletismo y
el uso de la pista para el desarrollo de jóvenes atletas. Además la han
utilizado grandes deportistas argentinos de la talla de Alejandra García y
Carlos Gats para entrenar a sus atletas. Y en la actualidad, y con el auge
actual del running, es utilizada a diario por numerosos grupos de
entrenamiento.
En cuanto al aspecto educativo diversas
instituciones públicas y privadas de las Comunas 11, 12, 13, 14 y 15
(comprenden los Distritos Escolares 9, 10, 14, 15, 16 y 17 y este año se suman
el Distrito Escolar 2 y el 7 que dan aproximadamente 4.000 – cuatro mil –
alumnos), de partidos cercanos de la provincia y una organización de asistencia
a chicos discapacitados se verán sin un lugar para la práctica deportiva y de
Educación Física.
Además de atletismo, las diez
escuelas cercanas al Parque, llevan adelante un proyecto que denominado "Jugate por el movimiento" con la
participación de todos los alumnos de las escuelas y las familias. Cada año
proponen distintas actividades y el núcleo de reunión de las acciones
integradas entre las escuelas, es la cancha de fútbol y la pista de atletismo.
Solo a modo de ejemplificar aún más el impacto negativo que tendría
la construcción del estadio de rugby en el desarrollo de los proyectos, el año
pasado se realizó en la cancha un encuentro masivo de hockey escolar con la
participación de más de 500 alumnos de 5º y 6º grado.
Como se podrá ver, la pista del Parque es esencial para el
desarrollo de los proyectos, que no se limitan al desarrollo de actividades
deportivas o recreativas, se trabaja para que los niños y las familias tomen
conciencia de la importancia que tiene la actividad física y los hábitos saludables,
para lograr el bienestar. Para eso necesitamos que los espacios públicos estén
disponibles siempre y en las mejores condiciones, para que todos tengan acceso
a desarrollarse en plenitud en un entorno saludable.
Queremos destacar que desde el año 2004
la pista de atletismo lleva el nombre de “Miguel Benancio Sánchez”, deportista
desaparecido el 8 de enero de 1978 durante la dictadura militar.
Dado que el tipo de obra a realizarse no se ajusta a la normativa
previamente citada y afecta a todos los aspectos detallados arriba nos hemos
visto obligados a realizar diversas acciones para expresar nuestra preocupación
ante la posibilidad de concreción de este proyecto.
Avalan este pedido las organizaciones abajo firmantes y nos apoyan
más de 15.000 firmas a través de la plataforma “Change.org”.
Otros links:
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MOVILIZACIÓN EN DEFENSA DEL PARQUE SARMIENTO 26/7/15:
Sábado 1° de agosto: Atletismo en el Parque Sarmiento